El cerco de la AFIP se cierne sobre los monotributistas que facturan más de $ 6.000 al mes. A partir de hoy, estos contribuyentes deberán presentar un detalle de la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el primer cuatrimestre de este año, entre otros datos solicitados por la AFIP. Con el propósito de facilitar la tarea, el organismo elaboró una completa guía online -www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/PasoApasoDJInformativaCuatrimestral.pdf-. La obligación reglamentada a través de la resolución general 2.888, puso en la mira a unos 200.000 contribuyentes que deben informar cada cuatro meses el siguiente detalle:

- El total de ventas del período, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso, y la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.

- Si son propietarios o inquilinos del local explotado. La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.

- La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de dicha energía eléctrica.

En el caso de tratarse de un monotributista que se desempeña como profesional, la AFIP también lo obliga a declarar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado el pequeño contribuyente y la fecha de alta o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

Quienes no cumplan con el nuevo régimen de información, deberán afrontar multas de hasta $45.000 y podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos. Esto es así, ya que, una vez verificado el incumplimiento, el fisco nacional comenzará a aplicar retenciones en el IVA y en Ganancias a la máxima tasa posible.